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Participar en la toma de decisiones, en el monitoreo de las acciones de los representantes popu-
lares y en la atención de los asuntos de interés colectivo es un derecho humano fundamental.
Participar implica informarse, preocuparse y ocuparse de lo que pasa alrededor. En México exis
-
ten varios mecanismos para que la ciudadanía participe en las decisiones colectivas y con ello
fortalezca la vida democrática.
Mecanismos de
participación
ciudadana
Voto
Consulta
popular
Rendición
de cuentas
Iniciativas
y propuestas
ciudadanas
Referéndum
y plebiscito
Mediante el voto libre, universal y secreto, la
ciudadanía elige periódicamente a gobernantes y
representantes de los tres niveles de gobierno (artículo
35 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos).
Votar en las consultas populares sobre asuntos de
trascendencia nacional, convocadas por el Congreso
de la Unión, a petición del presidente de la República,
la tercera parte de los diputados o senadores y el 2%
de la ciudadanía. El Instituto Nacional Electoral (
ine
)
organiza las consultas y los resultados deben acatarse
(artículo 35 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. Ley Federal de Consulta Popular).
La ciudadanía puede solicitar explicaciones a la
autoridad sobre los gastos, las obras realizadas o las
decisiones tomadas. No se necesita justifcar por
qué se requiere la in ormación, pero se debe solicitar
por escrito llenando la solicitud disponible en
<www.in ormex.org.mx>. También puede elaborar un
texto que contenga nombre del solicitante, domicilio,
correo electrónico (opcional), especifcar la in ormación
requerida y cómo espera recibirla. En un plazo máximo
de veinte días, deberá recibir una respuesta a la
petición (Ley Federal de Transparencia y Acceso
a la In ormación Pública Gubernamental).
En el re eréndum, los ciudadanos aceptan o rechazan
una ley o propuesta legislativa. Mediante el plebiscito
la ciudadanía expresa su opinión sobre una propuesta
o posible decisión de las autoridades. Ambos
mecanismos se establecen en las constituciones
de veintidós entidades ederativas.
La ciudadanía podrá iniciar leyes en los términos
que establezca la Constitución (artículo 35 de
la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos). La ciudadanía puede proponer acciones y
proyectos, así como plantear aspiraciones y demandas
que serán incorporadas al Plan Nacional de Desarrollo
(artículo 26 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos).
LECCIÓN
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BLOQUE IV